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Niños rurales legalmente contaminados y sin protección

En diciembre 2008 el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) resuelve prohibir la aplicación aérea de agrotóxicos en todo tipo de cultivo, a una distancia inferior a 50 metros y las aplicaciones terrestres a una distancia inferior a 30 metros del límite del predio de escuelas rurales. Dicha resolución exhorta a que las aplicaciones tanto aéreas como terrestres, se efectúen en días inhábiles o fuera del horario escolar. (1)

Hasta esa fecha se podía fumigar sobre las escuelas sin contar con ninguna medida que lo prohibiese. Esta resolución viene a ser un reconocimiento de lo sucedido por largos años en las escuelas rurales. A pesar de no contarse con información oficial sobre lo ocurrido, la situación era ampliamente conocida a través de denuncias verbales y anecdóticas de los maestros, padres de los niños y/o personal de la salud.

Es importante señalar que en mayo del 2004 el MGAP había establecido una zona de exclusión de 500 y 300 metros respectivamente para la aplicación aérea y terrestre de agrotóxicos en zonas urbanas, suburbanas y centros poblados,. En ese contexto, no se explica por qué se es más permisivo cuando se trata de una escuela rural, permitiendo que las fumigaciones se acerquen 10 veces más a los niños (50 y 30 metros).

Intentos de cambiar la regulación

Desde el momento de haberse conocido esta regulación se ha intentado cambiarla, por entender que todos los niños y niñas del país deben ser protegidos de la misma manera que se protege a los habitantes de centros poblados.

A lo anterior se agrega que tampoco existen regulaciones en cuanto a fumigaciones en la cercanía de viviendas rurales que se encuentran fuera de las zonas urbanas o suburbanas. O sea, que si “supuestamente” los niños están protegidos a 50 y a 30 metros en sus escuelas por esta regulación, no lo están en sus casas en el ámbito rural.

Que se ha hecho para cambiar esta regulación

A pocos días de haberse publicado esta resolución (diciembre 2008) y con el objetivo de considerarla, distintas autoridades de gobierno se reúnen en el marco de la Comisión Nacional de Prevención de los Efectos Adversos de los Contaminantes Químicos Ambientales (CCQ). Si bien se reconoce que antes de esta resolución no existía restricción alguna para las aplicaciones de agrotóxicos en las cercanías de las escuelas rurales, el CCQ expresó su preocupación por las distancias determinadas por el MGAP y las consideró totalmente insuficientes. Incluso se llegó a manejar la posibilidad de que se tratase de un “error de tipeo”, en el que se hubiera omitido un cero. Lamentablemente no se trataba de un error y las distancias establecidas por el MGAP son efectivamente de apenas 50 y 30 metros.

Durante el 2009, distintas dependencias del estado trabajaron arduamente para que esta regulación fuese cambiada. Increíblemente, a pesar de estar involucrados organismos del estado en este pedido, la regulación no fue cambiada.

En marzo del 2010 un nuevo gobierno asume, con los consiguientes cambios en el parlamento y de autoridades. Se comienza nuevamente el peregrinaje con el objetivo de cambiar esta regulación, que obviamente lo que menos apunta es a proteger a los niños y niñas, reconocidos por distintas autoridades como las poblaciones más vulnerables, y por lo tanto a ser protegidas prioritariamente.

Avanzado el año, nuestra organización es recibida por distintas comisiones del parlamento y en las diferentes audiencias el pedido es tomado como muy razonable e importante a ser revisado a la brevedad. Algunos parlamentarios comentan durante la audiencia que conocen anécdotas de escuelas fumigadas, incluso durante el recreo.

RAPAL Uruguay es también recibida por autoridades del MGAP y en esa instancia se comenta que el propio Ministro no esta de acuerdo con esta regulación y que se la estaría estudiando con miras a ser cambiada.

Realidad de las escuela rurales

Recorriendo el interior del país no es difícil ver que los cultivos de soja transgénica llegan hasta los alambrados que separan la escuela del predio cultivado. Esto quiere decir que ni siquiera se cumple con la regulación de 30 metros de las fumigaciones terrestres y menos aun la de 50 metros aérea, ya que los cultivos terminan donde empieza el patio de la escuela.

Las maestras/os deben cerrar las puertas de sus salones cuando ven aparecer el “mosquito” (maquinaria aplicadora de agrotóxicos). Otra medida común es dejar a los niños durante el recreo dentro de los salones de clase para que estos no entren en contacto directo con los agrotóxicos. Tales situaciones se agudizan cada vez más en proporción directa al aumento de las áreas de cultivos en nuestro país.

Impactos de los agrotóxicos

Es ampliamente conocido que la exposición a agrotóxicos provoca intoxicaciones agudas en niños (dolor de cabeza, mareos, náuseas, vómitos, diarrea, enrojecimiento y erupción en la piel, dificultad para respirar y tos) y que éste es un grave problema en áreas rurales. La combinación de múltiples agrotóxicos, situación común en las fumigaciones, puede afectar la salud de los niños aun a bajas dosis.

Algunos agrotóxicos en algunas circunstancias pueden causar o agravar efectos crónicos y a largo plazo, como son las enfermedades a la piel, respiratorias, neurológicas, inmunológicas, cáncer, alteraciones reproductivas y enfermedades congénitas.

Si la realidad del interior del país es conocida por los tomadores de decisión y los impactos de los agrotóxicos también, ¿cuál es la razón para que aun no se tomen medidas adecuadas para proteger a la población más vulnerable y cambiar la regulación?

Otro año está pronto a comenzar y es tiempo de hacer un balance y tomar decisiones con respecto al futuro. La pregunta entonces es: ¿se protegerá a los niños de las escuelas rurales contra las aplicaciones de agrotóxicos o se seguirá protegiendo a las empresas que se benefician aplicándolos?

María Isabel Cárcamo
Diciembre 2010

http://www.rapaluruguay.org/agrotoxicos/Leyes/Res_Esc_Rur_171108.pdf

Fuente: rapaluruguay.org

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